Trabajo en el exterior
Ayer vi un anuncio, pegado en un poste de mi barrio, sobre puestos de trabajo en el extranjero. Había que llamar a un número de teléfono celular para averiguar. Llamé y me dijeron que son trabajos garantizados. ¿Cómo se puede saber si eso es cierto?
Primero, debes tomar en cuenta que en la actualidad, en la mayoría de los casos, la información sobre puestos de trabajo regulares en el extranjero sólo llega a instituciones autorizadas como la Cancillería, los Consulados o la Organización Internacional de las Migraciones (OIM). Estas instituciones anuncian o publican la información en los diarios más importantes del país colocando su nombre, con sus respectivos logotipos, y proporcionándote una dirección y un número de teléfono convencional donde puedes acudir. Entonces desconfía de anuncios que no provengan de una institución autorizada como éstas y cuyos anuncios no cumplan con estos requisitos (logotipos, direcciones y teléfonos convencionales).
También es necesario tener en cuenta que, en el caso de España, sólo las ofertas de trabajo debidamente registradas y con sellos de autorización del Ministerio de Trabajo español son válidas. Asimismo, en el caso de Italia, son válidas únicamente las ofertas de trabajo que contienen la autorización de la “Direzione Provinciale de Lavoro” (Dirección Provincial de Trabajo) y el visto bueno de la “Questura” (Comisaría, que es parte del Ministerio del Interior).
Ahora, como decíamos, en la mayoría de los casos, la información sobre puestos de trabajo regulares en el extranjero llega a las instituciones de las que te hemos hablado. Pero, ciertamente, hay información que puede llegar a través de agencias. En ese caso, antes de firmar un contrato o de emprender un viaje al exterior, verifica la legalidad de esas agencias. Es importante conocer el nombre de la empresa o del empleador en el extranjero, su dirección y teléfono y, si es posible, verificar la información.
Durante el viaje y una vez fuera del país, es indispensable NO DESPRENDERSE DE LOS DOCUMENTOS PERSONALES O TENER UNA FOTOCOPIA DE LOS MISMOS, porque es común que los traficantes retengan los documentos de sus víctimas, para evitar que regresen a Ecuador.
Tampoco creas en quienes ofrecen trabajo en EEUU o Europa con visa de turismo. No es cierto que se pueda trabajar con este tipo de visa sin afrontar graves peligros y problemas.
Tengo un primo que vive en España hace un año y medio. Se fue con visa de turista y de todas formas consiguió trabajo a los cuatro meses de estar allá. Él no ha regularizado sus papeles porque dice que no pasa nada. ¿Es cierto eso?
No. Algunas personas migrantes, que no han regularizado sus papeles, a veces tienen vergüenza de hablar de las dificultades por las que atraviesan. Pero lo cierto es que no pueden moverse libremente por temor a una expulsión, considerando, además, que si son expulsados no pueden regresar al país que los expulsó por tres, cinco o más años. Asimismo, quienes quisieran regresar de visita a Ecuador, tampoco pueden hacerlo por temor a no poder regresar al país donde viven ahora.
Ciertamente, algunas personas migrantes trabajan por meses o más sin permisos, pero eso las expone a situaciones de EXPLOTACIÓN y ABUSOS por parte de sus empleadores: les pagan menos, no les pagan, no tienen vacaciones ni seguros.
Mi primo se fue a España hace tres meses. Ya tiene trabajo. Aquí, en cambio, estuvo buscando trabajo hace más de un año y nada. Parece fácil, ¿no?
En realidad, y sin ser pesimista sino realista, en los países de la Unión Europea, no es fácil conseguir un trabajo legal, porque según las reglas de esos países se debe dar preferencia a trabajadores originarios de la Unión Europea o inmigrantes con permiso laboral. Sólo si esas personas no quieren el trabajo, se puede ofrecer puestos a trabajadores de otros países. En el caso de España, existe un convenio (con vínculo) con Ecuador para ofrecer trabajos a ecuatorianos.
Entonces hay formas de conseguir trabajo regularizado en el extranjero desde aquí mismo. ¿Me puede detallar cómo se puede intentar?
Claro. Primero le voy a contar cómo es en el caso de España. En mayo del 2001, Ecuador y España firmaron el Acuerdo sobre Flujos Migratorios, que permite la contratación legal de trabajadores ecuatorianos para trabajar en España. Para ello, las empresas españolas presentan sus ofertas (temporales y permanentes) a la Dirección General de Ecuatorianos Residentes en el Exterior, que es parte del Ministerio de Relaciones Exteriores (Cancillería).
Cada año se ofrece un número de puestos de trabajo (lo que se conoce como “CONTINGENTE” o “cupos”) para ecuatorianos interesados en trabajar en España. Pero hay que tomar en cuenta que EL TRÁMITE DE APLICACIÓN SÓLO SE LO PUEDE HACER DESDE ECUADOR porque los puestos de trabajo que ofrece el gobierno español son para extranjeros que NO residen en España.
Quienes estén interesados deben acudir a la oficina de la Unidad de Selección de la Dirección General de Ecuatorianos Residentes en el Exterior (Av. 10 de Agosto 1855 y Roca, en Quito) o a la Organización Internacional para la Migraciones (OIM; Av. El Parque y Alonso de Torres. Edificio Galeras del Bosque, 2do Piso). En provincias, las aplicaciones se receptan en las sedes regionales del Ministerio de Trabajo y Recursos Humanos y luego son enviadas a la Unidad de Selección en Quito. Necesitas:
· Copia de cédula de identidad y ciudadanía de la persona y del cónyuge, del padre y de la madre
· Hoja de vida
· Título profesional o certificados que acrediten experiencia laboral.
· Certificado médico expedido por un centro de salud del Ministerio de Salud o del IESS.
· Ciudad, dirección y teléfono de un amigo en España (si tiene)
· Recibo de pago de luz, agua o teléfono.
En esta etapa no se necesita presentar el pasaporte.
Estos trámites son absolutamente gratuitos y no se permite realizarlos a través de tramitadores.
Para conseguir un trabajo en el servicio doméstico hay dos opciones más:
1) Hombres y mujeres ecuatorianos/as pueden solicitar una VISA POR TRES MESES PARA BUSCAR TRABAJO en el servicio doméstico en España. Pero este procedimiento sólo se lo puede hacer a través de ciertas organizaciones españolas o lo que se conoce como “programa específico de intermediación”. Estas organizaciones acompañan al extranjero o extranjera, le brindan asesoría y vivienda. Sin embargo, si en tres meses la persona no ha encontrado trabajo, debe regresar a Ecuador. Para aplicar a estos programas también hay que acudir a la Dirección General de Ecuatorianos Residentes en el Exterior, en la Cancillería, o a la OIM.
2) Las ofertas de trabajo para el servicio doméstico pueden ser “nominativas”, es decir, un empleador español puede presentar una propuesta de trabajo para una persona en particular. Sin embargo, esto sólo puede hacerse en dos casos: cuando el o la empleadora española ha mantenido una relación laboral anterior con un trabajador ecuatoriano, en Ecuador; o cuando se trata de migrantes ecuatorianos retornados, o sea, personas que ya estuvieron en España con permiso de trabajo, pero decidieron regresar a Ecuador.
Aparte de todo esto, si se hace esfuerzos por cuenta propia y se consigue una oferta para trabajar en España, es posible tramitar un permiso de trabajo y residencia desde Ecuador, a través del consulado de España. Sin embargo, este tipo de solicitud tiene pocas posibilidades de tener éxito.
Ahora, en el caso de Italia, lo primero que hay que tomar en cuenta es que el gobierno de ese país no tiene acuerdos migratorios con Ecuador. Sin embargo, los migrantes ecuatorianos pueden beneficiarse de algunos puestos de trabajo que se ofrecen cada año para extranjeros.
Para obtener un trabajo en Italia, los interesados pueden buscar directamente una propuesta de trabajo de un empleador o de una empresa italiana, a través de conocidos o contactos en Italia. Pero hay que tener claro que la empresa o el empleador italiano que ofrece un trabajo a un extranjero tiene que asumir varias responsabilidades: no solo debe asegurar un contrato de trabajo para el extranjero, sino que también desde garantizar su alojamiento en Italia y los gastos de repatriación (regreso a Ecuador), en caso de que termine el contrato o el ecuatoriano decida volver a su país.
Y OJO, las ofertas de trabajo en Italia son válidas únicamente si contienen la autorización de la “Direzione Provinciale de Lavoro” (Dirección Provincial de Trabajo) y el visto bueno de la “Questura” (Comisaría, que es parte del Ministerio del Interior). Solo entonces, el empleador y la empresa italiana pueden enviar la oferta al interesado o interesada en Ecuador.
¿Qué tipo de trabajos son los que ofrecen España e Italia a extranjeros para trabajar de manera regularizada?
Generalmente, son trabajos en las áreas del turismo (en hoteles, por ejemplo), la agricultura, la construcción y, en menor medida, en el servicio doméstico y el cuidado de ancianos, enfermos y discapacitados. En Italia, también son muy requeridos los enfermeros y enfermeras profesionales.
¿En qué casos se puede solicitar visa de trabajo estando ya en España?
Eso sólo pueden hacerlo los cónyuges o hijos e hijas de residente en España con permiso renovado; ecuatorianos con padres o abuelos españoles; ecuatorianos casados con españoles; personas que tienen autorización de estadía en España por razones de estudio
Tipos de visa
¿Qué es exactamente una visa?
La visa o el visado (una pequeña etiqueta en una de las páginas del pasaporte) es un permiso que exige un país para permitir el ingreso de personas extranjeras a su territorio.
Yo he oído que hay diferentes tipos de visa…
Sí, Cada país tiene diferentes tipos de visa. El tipo de visa depende de la actividad que se vaya a hacer en el país de destino. Las visas pueden ser temporales o permanentes.
¿Cómo se obtiene la visa?
EL TRÁMITE PARA OBTENER UNA VISA DEBE REALIZARSE DESDE ECUADOR Y DE MANERA PERSONAL. Cada país tiene sus propias normas y exigencias para otorgar una visa, por lo que es necesario informarse en el Consulado del país de destino antes de iniciar los trámites. Además, los requisitos cambian dependiendo del tipo de visa que se solicita. Pero, en términos generales, para solicitar una visa se requiere:
· Pasaporte
· Fotos
· Cédula de ciudadanía
· Llenar el formulario de aplicación, con un listado de datos personales
· Entrevista personal, para la visa a Estados Unidos
· En caso de visa de turismo, pasaje de ida y vuelta y reservaciones hoteleras
· También se suele pedir documentos que acrediten tener bienes (cuentas de ahorro, tarjetas de crédito, títulos de propiedad o escrituras)
· Algunos países exigen una carta de invitación oficial (con sellos y firmas, que generalmente se tramita en la Alcaldía, en la policía de migración o en una notaría de la ciudad de destino) cuando la persona que viaja con visa de turismo va a hospedarse con un familiar o amigo (residente legal)
· Certificado médico en algunos casos
· Certificado de antecedentes penales (récord policial)
· En caso de una visa de trabajo, se necesita tener un contrato de trabajo
· En caso de visa de estudios, se requiere una carta de admisión de una universidad o centro de estudios legalmente reconocido
· En caso de visa de residencia, muchos países solicitan partida de nacimiento y certificado de matrimonio legalizados. La legalización se realiza en la Cancillería y después en el Consulado del país de destino en Ecuador.
· Si el país de destino no tiene como lengua oficial el castellano, se solicita que algunos documentos sean traducidos. Las traducciones deben hacerse en lugares autorizados, como la Cancillería.
· Por lo general, las visas tienen un costo, que varía entre 25 y 100 dólares, dependiendo del país que solicita la visa.
¿Cuánto puede demorar en salir la visa?
Los trámites pueden ser largos: pueden tomar desde una semana, en caso de visa de turismo, hasta 6 meses, en casos de visa de residencia, trabajo y reunificación familiar.
¿Puedo obtener una visa ya estando allá?
No.
¿Cómo se obtiene la carta de invitación?
La carta de invitación debe enviártela un/a familiar o amigo/a que tenga residencia legal en el país a donde quieres ir. Él o ella deben tramitar esa carta de invitación en la Alcaldía, policía de migración o en una notaría de la ciudad donde vivan.
¿Con cuál de todas esas visas se puede trabajar?
Únicamente con la visa de trabajo.
Entonces si la obtengo, ¿puedo empezar a trabajar apenas llegue al país de destino?
No. La visa de trabajo sirve para entrar en España en un plazo máximo de 90 días desde la fecha de emisión. Una vez en España está visa no sirve para empezar a trabajar. Se debe tramitar el permiso de trabajo. Este es el documento otorgado por las autoridades competentes que permite trabajar legalmente. La Tarjeta de Residencia es el documento que autoriza a residir en España, y que vendrá acompañada de la autorización de trabajo.
¿Tener visa de trabajo significa tener también residencia?
No. Una vez que has sido seleccionado para llenar un puesto de trabajo en algún país extranjero, firmado el contrato, obtenido la visa respectiva y viajado al país de destino, tramitas la tarjeta de residencia allá mismo.
Estos trámites se hacen en el Ministerio del Interior.
Las tarjetas de residencia y los permisos de trabajo que tienen un límite de duración (por lo general un año) deben ser renovados, caso contrario, la persona se convierte en “migrante irregular” y corre el riesgo de ser deportada.
¿A cuál de todas esas visas puedo aplicar para traer a mis familiares?
A la visa de reunificación familiar.
¿Quiénes pueden pedir visa de reunificación familiar?
Sólo los migrantes regularizados y con permiso de residencia.
¿La visa de reunificación familiar sirve sólo para que mis familiares vayan de visita o también para que vivan conmigo?
Sirve para que algunos de tus familiares también vivan en el país donde resides ahora.
¿Para qué familiares puedo pedir la visa de reunificación familiar?
En los países de la Unión Europea y en Estados Unidos, se puede reunificar a los siguientes familiares:
· Cónyuges
· Hijos e Hijas menores de edad
Y bajo ciertas condiciones, también se puede reunificar a:
· Hijos e hijas mayores de edad, siempre que sean dependientes económicamente. Para probar la dependencia, se debe mostrar que el hijo o hija ha recibido dinero regularmente de parte de su padre o madre migrante, y en cantidades suficientes como para cubrir los gastos de subsistencia.
· Hijos o hijas mayores de edad que sufren algún tipo de discapacidad.
· Padres y madres, siempre que sean mayores de 60 años y se demuestre que no tienen otros hijos o hijas que puedan ocuparse de ellos en Ecuador.
Estados Unidos, bajo ciertas condiciones, también permite la reunificación de:
· Hijos e hijas casadas
· Yernos y nueras
· Nietos mayores de edad.
¿Cómo se saca la visa de reunificación familiar?
Los requerimientos para aplicar a una visa de reunificación familiar cambian de acuerdo a las leyes del país de destino. Por esta razón, antes de realizar una aplicación hay que revisar las normas de ese país. Sin embargo, hay algunas que son parecidas.
Para acceder a este derecho, son las personas migrantes que están viviendo en el exterior, regularizados y con permiso de residencia, y no sus familiares en Ecuador, quienes deben aplicar a una visa de reunificación familiar para uno o varios de sus familiares.
Las solicitudes deben ser presentadas en la Policía de Migración del país de destino.
¿Si ya he iniciado el trámite, pueden venir los familiares para los que apliqué la visa?
Todavía no. Muchos países europeos exigen que mientras se realicen los trámites de reunificación, las personas que van a ser reagrupadas permanezcan en Ecuador.
¿Y si ya están conmigo en el país de destino?
Es mejor que regresen a Ecuador, porque allí deben recoger sus visas personalmente. Una excepción a esta regla es cuando están allá y son menores de edad o dependientes. En esos casos, el gobierno español sí permite que los familiares reunificados estén en España.
Sin embargo, en general, es decir, fuera de estos casos, se recomienda que los familiares que van a ser reunificados esperen en Ecuador, porque en España no están en una situación legalizada y corren el riesgo de ser expulsados.
¿En qué situación legal estarían los/as familiares para los que solicité la visa una vez que lleguen?
En Estados Unidos, el/la familiar que es reagrupado recibe un permiso de residencia como “miembro de familia”. En los países europeos, recibe un permiso de residencia con “visa de reunificación familiar”.
¿Cuánto tiempo dura la visa de reunificación familiar para los familiares para los que la solicité?
El permiso que se consigue con este tipo de visa tiene la misma duración y está condicionado, es decir, depende del permiso de la persona migrante que solicitó la reagrupación. Esto hasta que el/la reagrupado/a obtenga su propio documento y se “independice” del permiso de su familiar.
¿Pueden trabajar mis familiares con esos tipos de visa y permisos?
En algunos casos, un permiso de residencia como “miembro de familia” no permite trabajar. En Holanda, por ejemplo, no pueden trabajar personas que han conseguido ese permiso por la solicitud de familiares con visa de estudio. En Estados Unidos, en cambio, no pueden trabajar personas que han conseguido ese permiso por la solicitud de familiares con algunos tipos de visa de trabajo. Esta prohibición puede ser temporal o permanente, dependiendo de las normas del país de destino.
Problemas que pueden presentarse al ingresar en los países de destino
Si ya tengo visa seguro que puedo entrar al país de destino, ¿no?
No. La visa no garantiza la entrada en el país de destino. Los países se reservan el derecho de permitir el ingreso de extranjeros y extranjeras, incluso de quienes tienen una visa válida, si el personal que se encuentra en los puestos fronterizos (aeropuertos, por ejemplo) considera que la persona no reúne los requisitos o sospecha que el motivo del viaje no es el declarado).
¿Qué puedo hacer en esos casos?
Si hay problemas al ingresar al país de destino, existe el derecho a comunicarse con el Cónsul Ecuatoriano para que preste ayuda. Por ello, es muy recomendable que lleves contigo un directorio de direcciones útiles.